10.08.2020 Tras la adjudicación en Junta de Gobierno del mes de julio del contrato de concesión de la ocupación privativa del puesto nº 2 de la planta baja del edificio del mercado municipal de abastos de Soria, así como la cámara frigorífica nº 3 situada en la planta sótano 2 del citado edificio, se ha procedido a la licitación de dos nuevos espacios en el mercado de Bernardo Robles.
Los puestos de venta objeto de licitación y regulación del presente pliego son el puesto nº 1 y el puesto nº 13 según se relaciona a continuación con la numeración, superficie y dimensiones que se indican, junto con la zona de almacenamiento asignada a los mismos en la planta sótano.
Puesto Superficie útil Longitud Fondo Mostrador + Almacenamiento
Nº 1 14,92 m2 5,20 m 2,97 m Mostrador: 3,38 m + 2,34 m Cámara Frigorífica número 5 de 10,14 m2
Nº 13 13,25 m2 4,02 m 3,30 m Mostrador: 3,40 + 3,30 m Cámara Frigorífica nº 4 de 7,51 m2
El destino o uso comercial de los puestos de venta nº 1 y nº 13 ubicados en planta baja que se han descrito en el apartado anterior es el de frutería. Este uso incluye también la venta de plantas de huerto u otros usos compatibles con el equipamiento del puesto distinto a los ya existentes y contemplados para el resto de puestos de esta planta del mercado
La forma de adjudicación de contrato será el procedimiento abierto simplificado del art. 159 de la Ley 9/2017, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. La adjudicación del contrato se realizará atendiendo a un único criterio que será el de mejor precio, al alza
El Valor Estimado del contrato (incluyendo la posible prórroga) asciende a la cantidad de 92.848 Euros. El valor estimado del contrato se ha calculado mediante la suma del canon total a satisfacer por los adjudicatarios de ambos puestos teniendo en cuenta el canon anticipado y el canon mínimo, este último por toda la duración del contrato (Desde la Adjudicación hasta 31 de marzo de 2037) incluidas las posibles prórrogas (2 previstas).
La concesión del uso privativo se otorga por el plazo que medie entre la firma del contrato y el 31 de marzo de 2037, fecha en la cual el contrato quedará extinguido. Una vez concluido el plazo inicial, el Ayuntamiento podrá prorrogar anualmente la concesión hasta un plazo máximo de 2 años. En la/s prorroga/s, si las hubiere, se mantendrán las mismas condiciones contractuales que en la duración inicial del contrato abonándose el mismo canon, en cada prorroga, que el que se hubiese abonado en la última anualidad completa de la concesión. El Ayuntamiento, como titular dominical del suelo y del espacio comercial, hará suya la propiedad de las obras, instalaciones y mejoras que se efectúen e incorporen al puesto, sin que el concesionario tenga derecho a ninguna contraprestación económica o indemnización por ellas. El concesionario se obliga expresamente a mantener la concesión y en consecuencia la explotación del puesto durante el plazo de duración fijado.
MERCADILLO
Por otro lado, se han incluido novedades en el mercadillo del jueves adaptándose a los cambios normativos aprobados por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, entre otros, está la reducción de la distancia de seguridad interpersonal a 1,5 metros y el establecimiento del uso obligatorio de mascarilla. Con el objeto de facilitar y atender las peticiones también recibidas por el público en general y por los propios vendedores, se han incluido las siguientes modificaciones:
- El mercadillo deberá continuar funcionamiento como un recinto debidamente señalizado y delimitado.
- Se establecen tres entradas y salidas del recinto:
- Se debe contar con personal municipal de control suficiente para asegurar la adopción de las medidas de control y dosificación del aforo evitándose aglomeraciones.
- Se establece una zona de atención para el público para cada puesto respetándose la distancia de seguridad interpersonal de dos metros y otra secundaria de espera con la misma distancia de seguridad.
- Se delimitan como zonas de tránsito peatonal bidireccionales (de bajada y de subida): en el carril de la derecha la acera y en el carril de la izquierda el habilitado inmediatamente posterior a la zona de espera, debiéndose utilizar para trasladarse por el recinto del mercado cuando no se estén realizando compras en los distintos puestos de venta.
- Se establece la acera del carril con esquina a la C/ Calixto Pereda para el acceso a los vecinos de los edificios y accesos a los locales comerciales existentes.
- Señalización para informar de la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes y la correspondiente entre vendedores y clientes
- Se dispone de las correspondientes medidas de limpieza y gestión de residuos a la finalización de cada jornada.
- Disponer en las inmediaciones de los tres acceso al recinto del mercadillo a disposición del público de dispensadores de gel hidro-alcohólico o desinfectante con actividad virucida autorizado y registrado por el Ministerio de Sanidad.
- Serán de aplicación y obligado cumplimiento en resto de normas establecidas para la población en general en cuanto al uso de mascarillas de protección y otras que se determinen en la lucha contra el Covid-19, siendo obligatorio su uso.
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