Día de Celebración: 2o jueves de cada mes || Hora: 11:00
Lugar: Salón de plenos. Ayuntamiento de Soria, Pl. Mayor, 7, 42001 Soria.
ATRIBUCIONES DEL PLENO: En el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se encuentran recogidas las atribuciones y funciones que legalmente tiene asignado el pleno de los ayuntamientos.
Por acuerdo de fecha 10 de julio de 2015, el Pleno delegó parte de sus atribuciones en la Junta de Gobierno Local, en los términos siguientes:
“De conformidad con lo dispuesto en el art. 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, según redacción dada al mismo por la Ley 11/1999, de 21 de Abril, y en el art. 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, el Pleno del Ayuntamiento puede delegar el ejercicio de sus atribuciones, en todo o en parte, en el Alcalde y en la Junta de Gobierno Local, con excepción de las atribuciones reseñadas expresamente en el citado art. 22.4 y las que requieren mayoría cualificada determinadas en el art. 47.2 y 3, ambos de la Ley 7/85, de 2 de abril.
El acuerdo plenario, que se adoptará por mayoría simple y surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, habrá de contener el ámbito de los asuntos a que la delegación se refiera y las facultades concretas que se delegan, así como las condiciones específicas de ejercicio de las mismas, en la medida en que se concreten o aparten del régimen general previsto en el citado Reglamento de Organización y Funcionamiento.
Igualmente podrán delegarse materias de gestión financiera a través de las bases de ejecución del Presupuesto."
Estimadas las consideraciones oportunas en cuanto a la aplicación de la posibilidad legal reseñada, se propone la delegación de las siguientes atribuciones del Pleno en la Junta de Gobierno Local:
En todos los supuestos de delegación reseñados, de conformidad con lo dispuesto en el art. 113.1.e.) y 4, del Reglamento de Organización y Funcionamiento, será preceptivo y previo al acuerdo de la Junta de Gobierno Local el informe de la Comisión Informativa correspondiente.
© - Ayuntamiento de Soria - Todos los derechos reservados
Nota Legal | Política de Cookies | Certificación ENS | Accesibilidad | Mapa web | Quejas y Sugerencias | Acceso Correo | Soporte
Plaza Mayor, 7, 42001 Soria - Tlf: 975 23 41 00 - Fax: 975 23 41 40