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El Ayuntamiento recuerda que el ciclismo en fase 0 debe realizarse con casco, de forma individual y sin salir del término municipal

El Consistorio indicará en la vía verde el punto donde se cambia de término para evitar confusiones y recuerda que la pasarela entre la ciudad y Golmayo sólo se puede utilizar por motivos labores y no dentro de los supuestos de paseo o deporte. Sí se puede acudir a Valonsadero y el río pero no con vehículo y cuando se trate de práctica deportiva ya que el paseo debe ser en un radio de un kilómetro respecto al domicilio. (Se adjunta plano del término municipal). La vía verde, camino habitual de muchos sorianos y sorianas, termina a menos de 2,5 kilómetros del Cañuelo en el kilómetro 99,3 de la línea férrea.

11.05.2020 El Ayuntamiento de Soria quiere insistir a la población en la necesidad de extremar las medidas de seguridad para evitar la expansión del covid cumpliendo las distancias sociales, habitualmente de dos metros y en los casos de la práctica deportiva entre 10 y 20, franjas horarias, según edad y actividad, y las limitaciones referidas a deporte o paseo así como a la que determina que no se puede salir del término municipal en la fase 0 que es en la que actualmente se encuentra la ciudad y todas las zonas limítrofes. Por otro lado, se recuerda también que se deben cumplir todas las normas de tráfico como el uso obligatorio del casco en la bicicleta y el respeto a la señalización vertical y horizontal.

 

Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo 5. 3. Durante los paseos se podrá salir acompañado de una sola persona conviviente. No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo también por una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual. La práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto solo se podrá realizar de manera individual. No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo por una persona conviviente, una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual. Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio. Dicha limitación no será aplicable a la práctica no profesional de cualquier deporte individual, estando ésta permitida dentro del municipio donde se reside

 

Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respeten los límites establecidos en esta orden. No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas para la práctica de las actividades previstas en esta orden. No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden.

 

 

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