El pasado 23 de marzo entraba en vigor la norma municipal que regula la instalación de terrazas en la ciudad de Soria, sustituyendo a la única regulación existente hasta ese momento en el Ayuntamiento, que se recogía en la Ordenanza Fiscal nº 11, “Derechos y Tasas por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y análogos”, en su artículo 7, relativo a normas de gestión.
A partir de ese momento y hasta la fecha, han sido 62 los hosteleros que han solicitado la instalación de una terraza de veladores para su establecimiento siguiendo los requisitos especificados en la Ordenanza, unos trámites que este año, por ser el primero de aplicación de la norma, han podido prolongarse algo más de lo que será habitual en adelante.
Todos los establecimientos hosteleros que hayan obtenido la autorización para instalar una terraza de veladores deberán lucir en sitio bien visible la tarjeta acreditativa expedida por el Ayuntamiento de Soria. En ella deberán figurar el número de elementos autorizados y un plano de situación de los mismos. Previamente a la obtención de la tarjeta, el hostelero habrá tenido que abonar las tasas correspondientes.
La nueva Ordenanza de Veladores, una norma aprobada con el consenso de los hosteleros, como era el deseo de la Concejala del área, Teresa Valdenebro, ha supuesto la introducción de importantes novedades en lo relativo a la tramitación de permisos e instalación de terrazas, sin perder de vista el objetivo fundamental del uso común de la vía pública por parte de los ciudadanos y de los hosteleros.
Teresa Valdenebro ha hecho una valoración positiva de la puesta en marcha de esta nueva norma municipal tras estos primeros meses, destacando “la satisfacción que produce a algunos hosteleros el poder instalar una terraza por primera vez gracias a la peatonalización y acondicionamiento de varias zonas de la ciudad y, por mi parte, al comprobar que se está mejorando, como establece la Ordenanza, el ornato de las terrazas del centro”.
Al respecto del ornato, aspecto que queda recogido en el artículo 18 de la Ordenanza de Veladores, se establece que “en las zonas consideradas como zonas histórico artísticas y zonas incluidas dentro del casco histórico de la ciudad según el Plan de Ordenación Urbana vigente en cada momento, así como en zonas peatonales y semipeatonales en las que se acuerde, no se permiten elementos de mobiliario de material plástico ni similares. El mobiliario a instalar será de lona, metal, madera, mimbre o similares. Asimismo, en estas zonas queda prohibida la colocación de publicidad en el mobiliario de las terrazas de veladores”.
Para la Concejala, este es un aspecto fundamental de la nueva regulación, dada la importancia que tiene una imagen ordenada y una estética cuidada en la promoción de la ciudad, sobre todo en el caso de estas zonas que son las más visitadas por los turistas.
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