La concejala de Acción Social, Ana Alegre, ha dado cuenta de la aprobación de dos líneas de ayudas para asociaciones del tercer sector y juveniles. La convocatoria alcanza los 36.000 euros y durante el pasado ejercicio se pudo llegar a 25 entidades, con 19 organizaciones del tercer sector y siete juveniles y la celebración de más de 60 eventos. Ana Alegre ha recordado que además de esta doble línea, a la que se podrá optar tras su aprobación en Junta de Gobierno y publicación en el Boletín, se mantienen también convenios con asociaciones. De esta forma, existe una partida en acción social de 65.000 euros y en juventud de 40.000 euros con acuerdos como el desarrollado para el dotar de contenido y cursos especializados y oficiales en la Escuela de Animación y Tiempo Libre Avelino Hernández. A la línea de ayudas de asociaciones hay que añadir también la de cooperación, que se aprobó en el último Pleno con 142.000 euros. Alegre ha insistido en que “hemos querido apoyar a las entidades de forma directa, valorar el trabajo que hacen y ofrecerles ayuda ya que llegan a prácticamente todos los colectivos de una y otra forma”. La concejala ha añadido que “hablamos de 283.000 euros de aportación exclusivamente municipal para asociaciones con diferentes fórmulas de apoyo y permitiendo que más de un centenar de proyectos puedan llevarse a cabo. Hay que recordar, además, que es una apuesta que hemos mantenido, mientras otras administraciones han realizado recortes, y, además, ahora que estamos trabajando en el Presupuesto de 2017, la intención es seguir manteniendo esta cantidad convirtiendo la acción social en un pilar de nuestra acción de gobierno”.
La concejala, por otro lado, ha aprovechado la rueda de prensa para recordar que este miércoles comenzaron las Aulas de la Tercera Edad con más de 800 alumnos matriculados cursando las 1.200 plazas que el Ayuntamiento pone a su disposición.
El cursos están orientados a mayores de 65 años y el alta en las Aulas es de 25 euros para empadronados y 50 para los no empadronados. Los talleres tienen un coste de 25 euros y se pueden inscribir a un máximo de dos. Serán beneficiarios/as del servicio de Aulas de Tercera Edad las personas empadronadas en Soria o pedanías y las residentes en el municipio, jubilados y mayores de 65 años o mayores de 60 en situación de prejubilación y que no desarrollen ocupación laboral remunerada; que formalicen la matrícula anual del curso, según plazos y cuotas anuales establecidos.
INFORMACIÓN ADICIONAL
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
1. Las presentes bases tienen como objeto establecer la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de octubre de 2016 a septiembre de 2017 (ambos incluidos) de actividades a Asociaciones Juveniles, en Soria capital.
2. La actividad objeto de la subvención deberá realizarse a partir del 1 de octubre de 2016 y finalizar antes del 30 de septiembre de 2017. Todos los justificantes relativos a gastos subvencionados deberán por tanto, ser de fecha anterior a la indicada (30 de septiembre de 2017).
3. El crédito asignado a la presente convocatoria, con cargo a la partida presupuestaria 337 48903, es de 16.000 €.
4. La cuantía se determinará en función de los proyectos presentados y de los criterios de valoración establecidos, así como de su adecuación a los objetivos de estas bases.
Los programas y proyectos deberán desarrollarse en el ámbito del término municipal de Soria, y respetarán lo estipulado en la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.
Podrán ser objeto de subvención los siguientes programas de actividades a realizar durante el año 2015 / 2016, y destinadas a la población juvenil del municipio de Soria:
a. Proyectos de animación sociocultural.
b. Proyectos de ocio y tiempo libre.
c. Fortalecimiento en la gestión de asociaciones juveniles (a través de programas de formación, campañas de captación de jóvenes, etcétera)
d. En general, todos aquellos proyectos que se encuentren dentro del ámbito de actuación del Área de Juventud.
e. Se contemplará el alquiler de locales a asociaciones cuyo uso sea imprescindible para la existencia de la asociación, siendo el propio espacio un recurso vital para la actividad.
· Quedan excluidos los programas referidos a:
a) Actividades de signo docente previstas en los planes de enseñanza vigentes, así como aquellas de ampliación o complementación de estudios.
b) Actividades propias de las Asociaciones Deportivas y Culturales.
c) Viajes.
d) Campamentos.
d) Actividades no específicamente juveniles, y aquellas que puedan ser subvencionadas en el marco de otra normativa correspondiente a cualquier otro órgano de la Administración con competencia específica en la materia objeto de solicitud.
e) Actividades que reciban financiación de otros programas municipales, o respecto de las cuales haya sido suscrito el oportuno convenio de colaboración.
f) Y, en general, los programas que no se encuentran dentro del ámbito de actuación de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.
TERCERA.- BENEFICIARIOS
Podrán solicitar subvención las asociaciones juveniles inscritas en el Registro de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Soria que realicen actividades destinadas a los y las jóvenes del término municipal de Soria. Además, deben tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del Municipio de Soria.
Quedarán excluidas de esta convocatoria aquellas entidades que no se encuentren al corriente en el pago de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Soria o no hayan justificado en tiempo y forma alguna concesión de subvención municipal.
BASES
Primera. Objetivo y ámbito de aplicación.
1. Las presentes bases tienen como objeto establecer la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017, de actividades de carácter social, dirigidas a Organizaciones del Tercer Sector vinculadas al ámbito de los Servicios Sociales legalmente constituidas, radicadas en Soria capital. Dichas actuaciones tendrán como objetivos mejorar la calidad de vida de los sectores y colectivos en riesgo de exclusión, fomentando a su vez la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la participación democrática, la solidaridad y la tolerancia , así como la educación para la salud y el respeto hacia el medio ambiente y el diálogo intergeneracional.
2. La actividad objeto de la subvención deberá realizarse a partir del 1 de enero de 2017 y finalizar antes del 31 de diciembre de 2017. Todos los justificantes relativos a gastos subvencionados deberán por tanto, ser de fecha anterior a la indicada (31 de diciembre de 2017).
Segunda. Beneficiarios y acciones financiables.
Que no sean beneficiarias de un convenio específico entre la Entidad solicitante y el Ayto. de Soria.
Que participen activamente, en las acciones organizadas por los diferentes consejos municipales.
· Discapacidad
· Sociosanitarios
· Mujer
· Inmigración e inclusión social
· Infancia
· Mayores
2. Acciones financiables.
Podrán ser objeto de financiación por esta convocatoria de subvenciones:
Desarrollo de actividades sociales destinadas a los colectivos anteriores, que tengan como objetivos algunos de los indicados en la base primera, y que se realicen dentro del término municipal de Soria.
Tercera. Cuantía y financiación
1. La financiación de las subvenciones previstas en las presentes bases se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente de los Presupuestos del Ayuntamiento de Soria para el año 2017 por un importe máximo de 19.600 €.
2. La cuantía se determinará en función de los proyectos presentados y de los criterios de valoración establecidos, así como de su adecuación a los objetivos de estas bases
3. Las subvenciones reguladas en las presentes bases son compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, siempre que el importe total de las diferentes subvenciones concedidas no supere el monto total de la actividad.
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