Visto el convenio de colaboración a suscribir entre el ayuntamiento de Segovia y el ayuntamiento de Soria para convocar la segunda beca residencia poética internacional s x s “Antonio Machado”, ejercicio 2017, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Prestar su conformidad al mismo, habilitando a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:
CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA Y EL AYUNTAMIENTO DE SORIA PARA CONVOCAR LA SEGUNDA BECA RESIDENCIA POÉTICA INTERNACIONAL S x S “ANTONIO MACHADO”, EJERCICIO 2017
EXPONEN
La figura y la obra del poeta universal Antonio Machado van unidas indisolublemente a dos ciudades castellanoleonesas, Soria y Segovia. Precisamente, en 2019 se celebrará el centenario de la llegada a Segovia del escritor. Desde noviembre de 1919 hasta 1932, Antonio Machado habitó la ciudad dando clases en el instituto general técnico -actual IES Mariano Quintanilla- y participando, activamente, en la concepción y desarrollo de proyectos de un extraordinario valor democratizador como la Universidad Popular, que también cumplirá cien años en 2019 y cuyo espíritu ha dado lugar a la actual Real Academia de Historia y Arte de San Quirce.
Segovia custodia, además, una valiosa memoria simbólica del poeta, cuidando la modesta pensión de Luisa Torrego, donde el poeta profesor, el profesor poeta, viviera años decisivos tanto para su biografía personal como para la de España y Europa. Allí prepararía sus clases, “dialogaría” con sus complementarios y escribiría algunos de sus versos indispensables. Hoy, es la Casa-Museo de Antonio Machado, que administra la mencionada Real Academia de San Quirce.
La andadura de Antonio Machado por Castilla había comenzado en 1907, cuando, iniciando su carrera profesional, toma posesión de la Cátedra de Francés del Instituto General y Técnico de Soria - Instituto que hoy lleva su nombre y que en este momento celebra sus 175 años de historia-. En Soria permaneció hasta 1912, año en el que fallece su joven esposa, Leonor Izquierdo, poco después de aparecer la primera edición de Campos de Castilla. Al recibir el título de hijo adoptivo de la ciudad, en octubre de 1932, además de calificar a Soria como una ciudad para poetas, declara la iluminación que supuso para su visión humanista el breve aforismo castellano “Nadie es más que nadie”, que oyó en Soria por primera vez y que se complacía en traducir así: “por mucho que valga un hombre, nunca tendrá valor más alto que el de ser hombre”.
Convencido europeísta, ciudadano comprometido con la paz y el respeto en tiempos donde ambos desaparecían del mundo, Antonio Machado sigue siendo una referencia humanista y ética que amplía, aún más si cabe, la grandeza indiscutible de su obra.
Por todo ello, los Ayuntamientos de Segovia y Soria -las dos ciudades machadianas de Castilla y León- convocan la II BECA RESIDENCIA POÉTICA INTERNACIONAL S x S “ANTONIO MACHADO”, para el ejercicio 2017, que se regirán por las siguientes:
BASES
1.- Podrán optar a esta beca de residencia poetas de cualquier nacionalidad no española, que residan en Europa y tengan unos conocimientos básicos del idioma español.
2.- La beca consistirá en una estancia de DOS meses en las ciudades de Segovia y Soria, entre septiembre y noviembre. Su cuantía, que será compartida por los Ayuntamientos de ambas ciudades, será de 3.000 euros, con los que el premiado tendrá que cubrir su estancia y manutención. Ambos ayuntamientos se harán cargo, también, de los viajes de ida y vuelta del poeta seleccionado, a la ciudad europea de origen.
3.- En el momento de la solicitud, el poeta o la poeta que opte a la Beca residencia deberá presentar un Proyecto de creación poética y de participación social, preferentemente relacionada con Machado, que deberá desarrollar en ambas ciudades a lo largo del tiempo que dura la Beca. En dicho proyecto se valorará:
a) Currículo creativo.
b) Esbozo de un libro futuro.
c) Propuesta de actividades que, durante los dos meses de residencia, incidan en las ciudades habitadas, destacando aquellas que, directa o indirectamente, fomenten la igualdad entre las mujeres y los hombres, el acercamiento a la juventud adolescente y/o la normalización de la diversidad y las distintas capacidades.
4. – Los solicitantes incluirán, además del proyecto, la siguiente documentación:
- Ficha de inscripción debidamente cumplimentada.
- Documento de identidad.
- El proyecto mencionado con un programa de trabajo y una previsión de plazos y objetivos.
- Curriculum vitae y currículo artístico, acompañado de la documentación que considere necesaria.
- Certificación oficial o declaración jurada de poseer conocimiento del idioma español.
5.- Los candidatos podrán enviar la documentación indicada más arriba, por dos vías:
Por correo ordinario certificado, indicando claramente en el exterior del sobre que opta a la II BECA RESIDENCIA POÉTICA INTERNACIONAL S x S “ANTONIO MACHADO”, a la siguiente dirección:
CONCEJALÍA DE CULTURA DE SEGOVIA C/Judería Vieja, 12 40001 Segovia (España)
CONCEJALÍA DE CULTURA DE SORIA Ayuntamiento de Soria Plaza Mayor, s/n. 42071 Soria (España)
En este caso, la documentación será presentada en español, impresa y preferiblemente en formato DIN A-4. Deberán incluirse 3 copias del Proyecto.
En el caso de que los candidatos soliciten la devolución de la documentación, se deberá incluir un sobre con el franqueo correspondiente.
También podrá enviarse toda la documentación en español y escaneada a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected] y [email protected]
En el asunto del correo se indicará: II BECA RESIDENCIA POÉTICA INTERNACIONAL S x S “ANTONIO MACHADO”
6.- El plazo de presentación de proyectos permanecerá abierto desde la fecha de publicación en el BOP de Segovia hasta el 30 de abril de 2017. Cualquier solicitud presentada fuera de plazo o que no cumpla con los requisitos indicados será desestimada.
Los proyectos ganadores se darán a conocer el 26 de julio, fecha del nacimiento de Antonio Machado. El resultado se publicará en las páginas web de los Ayuntamientos de Segovia y Soria (www.segoviaculturahabitada.es y www.soria.es) y se hará llegar a los medios de comunicación.
7.- Los proyectos recibidos serán valorados y seleccionados por personas relevantes del ámbito de la cultura, elegidas por los Ayuntamientos organizadores y nombrados como Jurado por Decreto de la Alcaldía de Segovia. Los proyectos desestimados serán destruidos, si el candidato no ha solicitado expresamente su devolución.
8.- Durante el período de disfrute de la Beca, ambos Ayuntamientos podrán solicitar al becario que participe en diferentes actos culturales de interés artístico, cultural y/o educativo.
9.- Al finalizar la Beca, el escritor seleccionado deberá entregar un ejemplar del trabajo realizado a los responsables de Cultura de las ciudades de Soria y Segovia. Tanto en este trabajo como en los que desarrolle y/o publique durante su estancia en Segovia o Soria, deberá mencionar que fueron realizados con ayuda de la II Beca Residencia Poética Internacional SxS “Antonio Machado”.
10.- Los Ayuntamientos convocantes se reservan el derecho de interpretación de las presentes Bases y la resolución de los casos no contemplados en las mismas, de acuerdo con su mejor criterio. La participación en la convocatoria supone la aceptación de todas las bases.
A fin de regular y establecer los aspectos jurídicos y económicos en los que se basa la colaboración entre ambas Instituciones para llevar a cabo la convocatoria conjunta de la II Beca Residencia Poética Internacional S x S “Antonio Machado”, ambas entidades, de común acuerdo:
CONVIENEN
PRIMERO.- OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente Convenio es establecer el marco jurídico y los compromisos que han de asumir los firmantes en lo que atañe a la colaboración interinstitucional que tiene por objeto la convocatoria de la II BECA RESIDENCIA POÉTICA INTERNACIONAL S x S “ANTONIO MACHADO”.
SEGUNDO.- COMPROMISOS DE LAS PARTES
ABONO DE LA BECA DE RESIDENCIA Y MANUTENCIÓN.-
El Ayuntamiento de Segovia y el Ayuntamiento de Soria, asumen a partes iguales el gasto correspondiente a la beca que se concede al poeta seleccionado (total 3.000 €), esto es:
El Ayuntamiento de Soria abonará al poeta ganador una beca de 1.500,00.- euros que servirán para sufragar los gastos de estancia y manutención del poeta en la ciudad de Soria durante un mes.
El Ayuntamiento de Segovia abonará al poeta ganador una beca de 1.500,00.- euros que servirán para sufragar los gastos de estancia y manutención del poeta en la ciudad de Segovia durante un mes.
Esta beca será abonada directamente al poeta seleccionado, una vez sea aprobado el fallo del Jurado por parte de la Junta de Gobierno Local. El poeta tendrá autonomía para gestionar la beca como él considere más adecuado.
GASTOS CORRESPONDIENTES A VIAJES.-
Cada uno de los Ayuntamientos se encargará de abonar la mitad de los gastos correspondientes a los viajes de ida y vuelta del poeta.
Una de las ciudades (la primera en la que resida el poeta) se hará cargo de los traslados desde su ciudad de origen, en Europa, hasta la ciudad donde va a residir en primer lugar.
La otra ciudad (donde el poeta residirá el segundo mes) se hará cargo de los viajes desde dicha ciudad a la ciudad europea de origen del poeta.
Estos gastos de viajes, que no pueden cuantificarse mientras no se conozca la identidad del seleccionado y su lugar de residencia, serán asumidos directamente por cada uno de los Ayuntamientos mediante el abono de facturas a empresas o agencias de viaje que gestionen los mencionados traslados.
TERCERO.- TRAMITACIÓN
Ambas instituciones aprobarán a través de sus respectivos órganos de gobierno, competentes en la materia, el presente Convenio regulador.
Será el Ayuntamiento de Segovia quien tramite, en esta II Edición, todos los aspectos relacionados con la convocatoria y concesión de la beca, esto es, entre otros: aprobación de la Convocatoria, publicidad de la misma, nombramiento del Jurado competente para fallar la beca, aprobación de la concesión de la Beca, en base al fallo del Jurado o resolución de recursos, si los hubiera.
CUARTO.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA
Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia anunciándose simultáneamente la apertura del plazo de presentación de solicitudes.
Además la convocatoria íntegra estará a disposición de las personas interesadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en las páginas web de los Ayuntamientos de Segovia y Soria (www.segoviaculturahabitada.es y www.soria.es) y demás medios que se consideren adecuados para dar difusión a la Beca
QUINTO.- VIGENCIA.
El presente convenio tendrá vigencia desde su firma y hasta el fin del ejercicio 2017.
SEXTO.- INDEPENDENCIA DE LAS PARTES.
La firma de este Convenio respeta el carácter independiente de ambas instituciones firmantes y no restringe las posibles colaboraciones de dichas instituciones con otros organismos, instituciones o entidades privadas.
El presente convenio no implica la constitución de ninguna sociedad, asociación u otra clase de vinculación entre las partes, que asumen sólo las obligaciones que figuran en la redacción de su texto, y a las cuales limitan sus responsabilidades respectivas.
SEPTIMO.- DIFUSIÓN DE LA COLABORACIÓN.
Tanto el Ayuntamiento de Segovia como el de Soria se comprometen a difundir a través de sus respectivos Departamentos de Cultura o de Prensa tanto la firma de este Convenio de colaboración como las actividades conjuntas que se vayan produciendo con motivo de la ejecución de lo dispuesto en el mismo.
Ambas instituciones harán constar sus respectivos logotipos en cualquier tipo de material divulgativo derivado de la actividad objeto del presente convenio. A tal fin, las partes se facilitarán recíprocamente su logotipo, que no podrá ser alterado ni modificado sin el previo consentimiento de su titular.
OCTAVO.- DENUNCIA DEL CONVENIO
El incumplimiento de las cláusulas del presente convenio por cualquiera de las partes firmantes, podrá dar lugar a la denuncia del mismo.
Para los casos de incumplimiento de alguna de sus cláusulas, disconformidad con la interpretación dada a las mismas o controversia que pudiera surgir y que no pueda ser resuelta de común acuerdo por las partes implicadas, estas se someten a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa competente en la ciudad de Segovia y Castilla y León.
© - Ayuntamiento de Soria - Todos los derechos reservados
Nota Legal | Política de Cookies | Certificación ENS | Accesibilidad | Mapa web | Quejas y Sugerencias | Acceso Correo | Soporte
Plaza Mayor, 7, 42001 Soria - Tlf: 975 23 41 00 - Fax: 975 23 41 40