La concejala de Ana Alegre ha presentado esta mañana los cinco proyectos de cooperación que recibirá una ayuda municipal dentro de la línea de cooperación dotada con 142.000 euros y que en esta ocasión saca en solitario el Ayuntamiento una vez que la Diputación haya optado por anular la partida. Los técnicos del área y un consultar externo han sido los encargados de valorar las propuestas presentadas y los proyectos de las cinco ONGS que tutelarán las iniciativas solidarias en países en vías de desarrollo. Ana Alegre ha insistido en que “no podemos olvidarnos de los más vulnerables y una vez más hemos demostrado nuestra apuesta por las personas”.
Proyectos
1.- ONG SOLICITANTE: MANOS UNIDAS
NOMBRE DEL PROYECTO: “Construyendo Dignidad”: por el desarrollo económico social sostenible de la mancomunidad Héroes de la Independencia, a través de la mejora en la seguridad alimentaria, el incremento de ingresos y la riqueza social. Bolivia.
COSTE TOTAL: 624.926,97 €
CANTIDAD SOLICITADA: 29.725,28 €
CUANTÍA PROPUESTA: 29.725,28 €
2.- ONG SOLICITANTE: CRUZ ROJA ESPAÑOLA-CRE
NOMBRE DEL PROYECTO: Favorecida la detección / control de la tuberculosis y la reducción de su incidencia en las regiones de Issik-Kul y Chui. Kirguistán.
COSTE TOTAL: 67.935 €
CANTIDAD SOLICITADA: 30.000 €
CUANTÍA PROPUESTA: 30.000 €
3.- ONG SOLICITANTE: CIVES MUNDI
NOMBRE DEL PROYECTO: Pedernales: contribuir al desarrollo agrario en Pedernales y promover acciones de mitigación y adaptación al cambio climático en la zona fronteriza de Rep. Dominicana y Haití.
COSTE TOTAL: 214.664 €
CANTIDAD SOLICITADA: 30.000 €
CUANTÍA PROPUESTA: 30.000 €
4.- ONG SOLICITANTE: MUJERES DEL MUNDO
NOMBRE DEL PROYECTO: "Apiye sante fanm sou fwontyè”. Reduciendo la vulnerabilidad ante VIH/SIDA en mujeres haitianas y/o mujeres en situación de grave exclusión social en la franja fronteriza dominico-haitiana entre Elías Piña y Belladere a través de la mejora de los servicios de salud; el empoderamiento de las mujeres y redes comunitarias en DSyDR y el fortalecimiento institucional en prevención y respuesta al VIH-SIDA, SSySR y VCM. Rep. Dominicana /Haití.
COSTE TOTAL: 70.572 €
CANTIDAD SOLICITADA: 39.056 €
CUANTÍA PROPUESTA: 39.056 €
5.- ONG SOLICITANTE: TIERRAS SIN MALES
NOMBRE DEL PROYECTO: Brindada atención social integral a 363 niños/as, adolescentes y sus familias de los cuatro comedores del Proyecto Hombres Nuevos, del Barrio Plan Tres Mil en Santa Cruz de la Sierra. Bolivia.
COSTE TOTAL: 68.293,50 €
CANTIDAD SOLICITADA: 46.950,42 €
CUANTÍA PROPUESTA: 13.218,72 €, por limitación presupuestaria.
TOTAL SUBVENCIÓN PROPUESTA 142.000,00 EUROS
Una solicitud no ha sido atendida dentro de este capítulo por incluir errores formales no subsanados. Las ayudas han sido aprobadas esta mañana en Comisión por unanimidad.
CONVENIO DESAHUCIOS
Por otro lado, la concejala Ana Alegre ha presentado en la Comisión la adhesión del Ayuntamiento al convenio articulado por la FEMP con el Gobierno y las entidades bancarias para la creación de un fondo social de viviendas. La concejala ha explicado que los técnicos municipales se encargarán de hacer la valoración de las familias que puedan acceder a estos pisos a petición de los bancos. El Consistorio también se ha dirigido a las entidades para conocer qué censo de viviendas existen en Soria y, de momento, conoce los datos de Caja Rural con cinco, dos de ellas en la capital. Ana Alegre ha explicado “este acuerdo como positivo por el consenso al dar una solución a los desahucios por hipotecas, aunque también vamos a trabajar desde el propio Ayuntamiento en la búsqueda de alternativas para los desahucios por alquiler que, además, es el problema más frecuente que hemos detectado desde la propia Concejalía”.
La finalidad de esta iniciativa es la puesta a disposición de viviendas propiedad de la entidad de crédito para su arrendamiento.
DETALLES DEL CONVENIO
Circular de la FEMP
http://www.femp.es/files/566-1368-archivo/Conveniofonsoviviendas.pdf
Las viviendas se ofrecerán a las personas físicas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual y cumplan las siguientes condiciones:
a) Que el desalojo se haya producido como consecuencia de una demanda de ejecución, por impago de un préstamo hipotecario, iniciada por la misma entidad de crédito que constituye el fondo social de viviendas.
b) Que el desalojo se haya producido a partir del día 1 de enero de 2008.
c) Que, en el momento de presentación de la solicitud, se encuentre en las circunstancias siguientes:
1º Que el conjunto de los ingresos de los miembros de su unidad familiar no supere el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
2º Que ninguno de los miembros de la unidad familiar disponga de vivienda en propiedad o de un derecho de usufructo sobre una vivienda.
d) Que se encuentre en un supuesto de especial vulnerabilidad. A tal fin, se entenderán como tales cualquiera de los siguientes:
1º Familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente.
2º Unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargo.
3º Unidad familiar de la que forme parte, al menos, un menor de hasta tres años.
4º Unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral.
5º Unidad familiar en la que el deudor hipotecario desalojado se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones por desempleo.
6º Unidad familiar con la que convivan, en la misma vivienda, una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca cuyo impago produjo el desalojo o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que alguno de sus miembros se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia, enfermedad grave que les incapacite acreditadamente de forma temporal o permanente para realizar una actividad laboral.
7º Unidad familiar en que exista alguna víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
2. Se entenderá por unidad familiar la compuesta por el solicitante, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita y los hijos, con independencia de su edad, que residan en la vivienda, incluyendo los vinculados por una relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.
La cláusula CUARTA Términos del contrato establece que la renta del arrendamiento estará comprendida entre un mínimo de 150€ y un máximo de 400€ al mes, con un límite máximo del 30 por ciento de los ingresos netos totales de la unidad familiar y que la duración del contrato será de dos años.
Las funciones de las Entidades Locales colaboradoras previstas en la cláusula SÉPTIMA serán:
a) Asesorar a quienes soliciten información sobre el procedimiento para solicitar una vivienda de los fondos sociales.
b) Emitir, en el plazo previsto, el informe sobre la valoración de las circunstancias sociales a que se refiere el apartado 3 de la cláusula quinta.
c) Colaborar con las entidades de crédito, cuando así lo acuerden con éstas, en la evaluación de las solicitudes, tal como se dispone en el apartado 4 de la cláusula quinta.
d) Difundir en su territorio e informar a sus ciudadanos sobre el objeto y contenido del presente Convenio.
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