Se consideran Centros de Emergencia aquellos establecimientos donde se presta asistencia a las mujeres maltratadas y a los menores a su cargo durante las 24 horas del día, todos los días del año, facilitándoles con carácter inmediato el alojamiento y la protección necesaria y, en su caso, derivándoles a los recursos sociales, psicológicos y jurídicos que más se adecuen a sus necesidades. La permanencia máxima de las mujeres y menores a su cargo en los Centros de Emergencia será de 12 días.
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